Atención a los artículos 317 y 318 del nuevo Código Penal
El abogado Amadeo Peralta expresó que luego de analizar las nuevas disposiciones del Código Penal pudo verificar que los legisladores establecieron penas de prisión de 2 a 3 años para cualquier persona que utilice uniformes, insignias y distintivos reservados para autoridad pública, comúnmente utilizados por muchas personas algunas de las cuales se han visto envueltos en la comisión de diversos delitos que incluyen hasta el asalto a bancos con estos uniformes tipo militares color negros.
El abogado inició que en este país cuando te quieren joder buscan las herramientas y el nuevo código penal que entrará en vigor a partir del día 3 de agosto del año 2026, trae sanciones muy preocupantes que podrían afectar a los distinguidos miembros de la Antigua Orden Dominicana, ya que aunque su fin es muy distinto, muchas personas han visto con cierta preocupación el recurrente uso de uniformes militares e indumentarias y botas por parte de sus integrantes y sostuvo que simpatiza con la causa que estos llevan pero que deben cuidarse para que no los metan en una vuelta rara ya que el código penal en sus artículos 317 y 318, disponen en relación con el uso de uniformes, insignias y distintivos, cuyo uso está reservado a la autoridad pública o que se asemejen o se parezcan a estos, lo siguiente;

Artículo 317.- Usurpación de insignias y distintivos . “ Quien utilice en público y sin calidad para ello insignias, distintivos, condecoraciones, uniformes o documentos de identificación cuyo uso esté reservado a la autoridad pública , será sancionado con dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.
Artículo 318.- Usurpación de uniformes y objetos de autoridades públicas . ”Quien utilizan en público y con una finalidad no cultural, o artística, trajes, uniformes, insignias, documentos distintivos o vehículos que se asemejen a los objetos o bienes de este tipo reservados a la autoridad pública serán sancionados de dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.

Artículo 319.- Usurpación de uniformes e insignias agravadas . “Cuando los hechos previstos en los artículos 317 y 318 tengan por objeto preparar o facilitar la comisión de alguna infracción muy grave o grave, la sanción será de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.
El abogado sostuvo que estos artículos vienen a castigar y sancionar a muchas personas que de una u otra manera y de modo hasta confuso se visten de ropa negra militar o policial o de los diversos organismos de prevención del crimen como es el Dicrim, la DNCD, bomberos, Policía Municipal, y hasta defensa civil y otros y crean cierta confusión como el caso del supuesto teniente coronel de la Policía Municipal de Santo Domingo Este, Ramón Flores , de 69 años, el cual fue detenido luego de ser captado disparando un arma de fuego durante un incidente con dos contratistas eléctricos. Hecho registrado en la calle 4ta del sector Los Mameyes, en Santo Domingo Este, el cual vestía con una gorra que lo identificaba con un escudo o insignia como “teniente coronel” de la Policía Municipal o como Teniente Coronel del Ejército Nacional y un Poloshir color negro con un sello distintivo del Ejército Nacional y una pistola con la cual golpeo a una persona, la amenazo y realizo disparos al aire.
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