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Condena de 15 años de prisión para dos hombres y una mujer procesados por ser parte de una red de trata de personas

La red fue desmantelada a partir de la Operación MC Girasoles 

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Al evaluar la pertinencia de las pruebas aportadas por el Ministerio Público, representado por la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), un tribunal condenó a 15 años de prisión a tres personas que formaban parte de la red trata de personas desmantelada con la Operación MC Girasoles.

A unanimidad, los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, dictaron la sentencia condenatoria en contra de los venezolanos Michelle Carolina Gutiérrez Ruiz, Mario José May Mendoza y Jhorman Derek Cortes Solano, acusados de incurrir en trata de personas agravada, bajo la modalidad de explotación sexual.

El tribunal dispuso que los tres condenados cumplan las penas en los centros de corrección y rehabilitación Najayo Mujeres y Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, así como el pago de una indemnización para cada víctima por un monto de RD$500 mil pesos.

La PETT, encabezada por la procuradora de corte Yoanna Bejarán Álvarez, estableció en el expediente acusatorio que la red criminal fue desmantelada con la Operación MC Girasoles, llevada a cabo en junio del año 2024.

Al responder preguntas de la prensa luego de emitido el fallo, la fiscal Aleika Almonte, de la PETT, destacó que el tribunal tomó en cuenta la responsabilidad penal de los encartados con base a las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Almonte explicó que los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público se mantienen firmes y, en una eventual etapa recursiva, la Corte tendrá la oportunidad de verificarlos y confirmar la responsabilidad penal de los imputados.

Sobre los fundamentos del tribunal para emitir la sentencia, detalló que consideró suficientes las pruebas aportadas, estableciendo que el Ministerio Público pudo demostrar la acusación y demostrar la configuración de los tipos penales por los cuales fueron encartados.

En el caso también trabajó Ángela Díaz, abogada de las víctimas.

La titular de la PETT explicó que esa unidad mantiene su compromiso de continuar fortaleciendo la persecución penal contra las estructuras criminales dedicadas a la trata de personas. “Se trata de un delito que constituye una grave violación a los derechos humanos y una amenaza para la seguridad nacional”, dijo Bejarán.

Los jueces Keila Pérez Santana (presidenta), Elías Santini Perera y Arisleyda Méndez Batista, dictaron la sentencia con base en los medios de pruebas aportados por el órgano acusador. Fijaron la lectura íntegra para el próximo 29 de abril, a partir de las 2:00 de la tarde.

En las motivaciones los jueces establecieron que los testigos coincidieron en varios puntos, destacando que coincidieron en el hecho del lugar donde las víctimas se encontraban, en los objetos que se ocuparon en la residencia, ropas, sustancias que resultaron ser controladas, preservativos, documentos personales, balanzas y trituradoras que el Ministerio Público estableció en sus argumentos que eran para triturar sustancias controladas.

Luego de analizar las pruebas, el tribunal estableció que los tipos penales establecidos por el Ministerio Público se encuentran configurados con esos elementos probatorios que aportó.

El pasado jueves, luego de presentar sus conclusiones, las fiscales Aleika Almonte y Ginna Matías, de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, solicitaron la imposición de penas de hasta 25 años de prisión contra los procesados, así como el pago de multas por 175 salarios mínimos y de las costas del proceso, así como el decomiso de bienes. Luego el tribunal fijó el fallo para este lunes y se retiró a deliberar.

El expediente indica que la operación se ejecutó luego de que el Ministerio Público rescatara a tres víctimas de nacionalidad colombiana, quienes manifestaron al órgano persecutor que estaban encerradas en dicho lugar, mientras recibían maltrato físico y emocional, además de que eran obligadas a sostener relaciones sexuales a cambio de dinero con diferentes clientes que visitaban el lugar donde se encontraban y en contra de su voluntad.

Durante los allanamientos que dieron con el arresto de Michelle Carolina Gutiérrez Ruiz, Mario José May Mendoza y Jhorman Derek Cortes Solano, el Ministerio Público recolectó diferentes tipos de drogas ilegales.

Las investigaciones del órgano acusador revelaron que las víctimas eran obligadas a vender y distribuir sustancias narcóticas entre los clientes de esta red criminal.

En su método de operación, el expediente también establece que la referida red se dedicaba a captar víctimas para traerlas al país bajo la promesa de conseguirles diferentes tipos de trabajo, y una vez aquí, se les informaba que habían contraído una deuda de cuatro mil dólares que debían pagar brindando servicios sexuales a clientes que lo solicitan, siendo además ofrecidas a los clientes por medio de catálogos digitales a través de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp.

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